miércoles, 27 de julio de 2011

Diferencia requerimientos penal y civil


ORDEN PENAL
Artículo 598. Cuando el procesado no fuere habido, se hará el requerimiento a su mujer, hijos, apoderado, criados o personas que se encuentren en su domicilio.
 Si no se encontrare ninguna, o si las que se encontraren, o el procesado o apoderado en su caso no quisieren señalar bienes, se procederá a embargar los que se reputen de la pertenencia del procesado, guardándose el orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, bajo la prohibición contenida en los artículos 605 → bienes absolutamente inembargables y 606 → bienes inembargables de la misma, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 584 de la citada Ley→ No se embargarán bienes cuyo previsible valor exceda de la cantidad por la que se haya despachado ejecución, SALVO que en el patrimonio del ejecutado sólo existieren bienes de valor superior a esos conceptos y la afección de dichos bienes resultare necesaria a los fines de la ejecución.

Instrucción y enjuiciamiento de los procesos penales


PROCEDIMIENTO
INSTRUYE
(Juez de Instrucción)
ENJUICIA
(JUICIO ORAL)
PENA DE PRISIÓN
Procedimiento ordinario o sumario
Instrucción es sumario
Audiencia Provincial
Cuando es de la Audiencia Nacional o del Juez Central de lo Penal; TSJ; TS; Tribunal del Jurado ellos
(VER competencias)
Más de 9 años
Procedimiento abreviado
Instrucción es diligencias previas
A) Audiencia Provincial (o Audiencia Nacional)
B) Juez de lo Penal (o Juzgado Central Penal)
A) De 5 a 9 años
B) Menos de 5 años
Juicio rápido (es un tipo de procedimiento abreviado)
Instrucción es diligencias urgentes
Juez de lo Penal
Menos de 5 años
Juicio de faltas
Juez de Paz
Juez de Instrucción
JVSM (si es competencia de este será este siempre a menos que esté cerrado que será J. Guardia)


Tipos de sobreseimiento en penal


LIBRE: cuando del sumario resulta patente que o no se dio el hecho que en principio parecía existente y delictivo, o que se ha desvanecido su apariencia delictiva, o que sus autores actuaron exentos de responsabilidad, por lo que, en tal caso, se produce la terminación del proceso con efecto de cosa juzgada material en todo semejante al de una sentencia absolutoria sobre el fondo.
PROVISIONAL: cuando solamente existen dudas sobre la comisión del hecho o sobre su autoría, dando lugar a una mera suspensión del proceso, sin efecto de cosa juzgada material (arts. 634 y ss. L.E.Cr.).
Si fuere el sobreseimiento parcial, se mandará abrir el juicio oral respecto de los procesados a quienes no favorezca.
Si fuere total, se mandará que se archiven la causa y piezas de convicción que no tengan dueño conocido, después de haberse practicado las diligencias necesarias para la ejecución de lo mandado.

domingo, 24 de julio de 2011

Nace la nueva Ley del Registro Civil

Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil
La importancia del Registro Civil demanda la adopción de un nuevo modelo que se ajuste tanto a los valores consagrados en la Constitución de 1978 como a la realidad actual de la sociedad española.
Aunque la vigente Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957, ha dado muestras de su calidad técnica y de su capacidad de adaptación a lo largo de estos años, es innegable que la relevancia de las transformaciones habidas en nuestro país exige un cambio normativo en profundidad que, recogiendo los aspectos más valiosos de la institución registral, la acomode plenamente a la España de hoy, cuya realidad política, social y tecnológica es completamente distinta a la de entonces.
La modernización del Registro Civil también hace pertinente que su llevanza sea asumida por funcionarios públicos distintos de aquellos que integran el poder judicial del Estado, cuyo cometido constitucional es juzgar y ejecutar lo juzgado.
En efecto, la aplicación al Registro Civil de técnicas organizativas y de gestión de naturaleza administrativa permitirá una mayor uniformidad de criterios y una tramitación más ágil y eficiente de los distintos expedientes, sin merma alguna del derecho de los ciudadanos a una tutela judicial efectiva, pues todos los actos del Registro Civil quedan sujetos a control judicial.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/l20-2011.html

viernes, 22 de julio de 2011

Nace la ley de accesibilidad para comunidades de vecinos y empresas

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó este jueves la ley que adaptará parte de la normativa española a la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, que obliga a las comunidades de vecinos a pagar más obras de accesibilidad de las que sufragan ahora y eleva del 3% al 4% las viviendas accesibles en las promociones de protección oficial.

La ley, que fue tramitada por la vía de urgencia en el Senado, reforma una veintena de normas para mejorar el acceso de las personas con discapacidad a ámbitos como el empleo, la sanidad o el transporte, entre otros.

Se trata de una norma de la que todos los grupos parlamentarios se sienten "muy satisfechos", según expresaron en el debate del Pleno, donde pusieron también de manifiesto las mejoras que ha experimentado el texto a su paso por las Cámaras.

COMUNIDADES

El texto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), reforma, entre otras, la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las comunidades a sufragar las obras de accesibilidad que requieran los vecinos con discapacidad o mayores de 70 años y cuyo coste "no supere 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes", es decir, nueve más que los fijados hasta ahora en la norma.

Pero la reforma va más allá y establece que "cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedará obligada al pago de los gastos, aun cuando su importe exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes".

Eso sí, la nueva norma exime del pago de las derramas por accesibilidad a los vecinos que acrediten dificultades económicas graves al disponer de ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem).

Para saber más: http://www.diariosigloxxi.com

La Ley del Turismo andaluza inicia su trámite parlamentario

El proyecto de ley de turismo de Andalucía ha superado hoy el debate a la totalidad en el pleno del Parlamento andaluz, donde los grupos no han presentado enmiendas a la totalidad y han apoyado en líneas generales el texto, que inicia su trámite parlamentario en comisión.
El consejero de Turismo, Comercio y Deporte, Luciano Gómez, ha presentado dicho proyecto de ley para dar respuesta al turista del siglo XXI. Entre los elementos fundamentales que incorpora el texto, ha destacado la intervención en el territorio, de forma que el informe de impacto ambiental será clave ante cualquier actuación turística.Además de la sostenibilidad ambiental, el texto apuesta por la sostenibilidad económica simplificando el proceso administrativo porque: "No debemos tardar tanto en la creación de una empresa".
También se ha incorporado al proyecto de ley la sostenibilidad social gracias a la aportación de los consumidores, la innovación con la complicidad de la universidad y de los centros de investigación, y se ha apostado por los trabajadores bien formados y con empleo estable para "elevar el grado de calidad y excelencia en las prestación de servicios", ha señalado.

Una ley favorece la independencia de ellas en el medio rural

El Congreso de los Diputados aprobó ayer el proyecto de Ley de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias con el respaldo unánime de los grupos parlamentarios, según informó el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. La normativa pasa ahora al Senado. Este proyecto «favorecerá la independencia económica de la mujer en el mundo rural», según destacó la ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Rosa Aguilar. La titular de Medio Ambiente explicó que son muchas las mujeres que, en el ámbito de la explotación familiar agraria, comparten tareas con los hombres y aportan su esfuerzo y sus conocimientos. Sin embargo, en la mayoría de los casos «la mujer y su trabajo son invisibles».

miércoles, 20 de julio de 2011

La nueva Ley de Residuos genera debate

El Congreso de los Diputados ha aprobado, este jueves, la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados. La nueva ley permite poner en marcha del Sistema de Depósito Devolución y Retorno (SDDR), con el objetivo de ayudar a reducir la generación de residuos y aumentar las cuotas de reciclaje.

La nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados impulsa el envase retornable y quiere favorecer la implantación en España del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR). Este sistema premia al ciudadano que guarda en casa el envase reutilizable (botellas de vidrio, latas) y lo lleva a la tienda donde lo ha comprado, a cambio de una cantidad de dinero. Se trata de un sistema que está activo en nueve países europeos con el objetivo de reducir la generación de nuevos residuos reutilizando los envases que lo permitan. La nueva ley quiere conseguir una reducción del 10% en la generación de residuos para el año 2020. Alemania es uno de los países que cuenta con máquinas expendedoras, distribuidas en diferentes comercios, donde hay que insertar el envase retornable a cambio de 10 a 25 céntimos por envase devuelto.
La ley destaca también que en 2018 deberán haber quedado erradicadas las bolsas de plástico de un solo uso no biodegradables. En 2007 se comercializaron 10.500 millones de unidades de bolsas de plástico de un solo uso y el Plan Nacional de Residuos dicta que en 2015 hay que haber reducido el 70%. Además, las bolsas de plástico de un solo uso deberán llevar impreso un mensaje sobre sus efectos nocivos sobre el medio ambiente, a partir del 2015.

Para saber más: http://www.ecoticias.com

Los fabricantes de automóviles, preocupados por l aley de distribución

La última junta directiva de Anfac, Asociación Española de Fabricantes de Automóviles y Camiones, ha concluido con la preocupación sobre el proyecto de ley de distribución (actualmente en el Congreso de los Diputados), porque de prosperar algunas de las enmiendas presentadas podríamos volver a la situación incial.

Los fabricantes insisten en que los grandes afectados serían los empleados de las concesiones, al tiempo que producirían perjuicios a esta industria que invierte grandes sumas en I+D+i, en la imagen de marca y en la venta de producto. Pero además se extraen consecuencias negativas para el mercado, el consumidor y la calidad del servicio de venta, sin descartar que se puedan ver afectados otros sectores económicos.
Una de las consecuenicas del proyecto de ley sería un alza de precios de los vehículos, dado que obligará a hacer elevadas provisiones por indemnizaciones, lo que unido al aumento de los costes de comercialización tendrían como consecuencia un perjuicio sobre el consumidor. A Anfac le preocupan determinados aspectos del proyecto, como el traspaso del negocio por parte del concesionario sin autorización de la marca, que impondría por ley al fabricante la obligación de sorportar una cesión de su contrato y el derecho de terceros a usar su marca.

CCOO exige al fiscal superior de Madrid una rectificación pública de la última Memoria

COO de Madrid exigió este martes al fiscal superior de la región una rectificación pública de la Memoria de su institución correspondiente al año 2010, ante las "falsas" acusaciones contra trabajadores de la Administración de Justicia que, según la central, se vierten en dicho documento.

Según informó el sindicato, en la memoria se comprueba que el 27,67% de los delitos cometidos en Madrid aparecen sin clasificar, afirmando el fiscal jefe que "la única explicación es la inadecuada utilización de la aplicación por el usuario, que no ha grabado el tipo de delito, al resultarle más sencillo incluirlo en el apartado genérico 'sin especificar'".

Para saber más: http://www.diariosigloxxi.com/texto-s/mostrar/31372/madrid-ccoo-exige-al-fiscal-superior-de-madrid-una-rectificacion-publica-de-la-ultima-memoria-de-su-institucion

martes, 12 de julio de 2011

La mitad de expedientes de justicia gratuita en materia civil son desahucios

La mitad de los expedientes tramitados por abogados del Turno de Oficio en Barcelona en materia civil en el primer semestre de 2011 son por ejecuciones hipotecarias y desahucios, según se desprende de un estudio de la evolución de los Servicios de Orientación Jurídica, justicia gratuita y Asistencia al Detenido realizado por el Colegio de Abogados de Barcelona (Icab).
Así, los asuntos en materia civil tramitados por la justicia gratuita en Barcelona siguen incrementado como consecuencia de la crisis, pese al descenso global del trabajo de los abogados de oficio: en 2009 se tramitaron 7.087 casos civiles, principalmente por ejecuciones hipotecarias, desahucios y reclamaciones de cantidad, mientras que en 2010 fueron 9.202 y en el primer semestre de 2011 ya son 4.913.

Para saber más: http://www.que.es/barcelona/201107121201-mitad-expedientes-justicia-gratuita-materia-epi.html

La Justicia vasca lidera la tasa de resolución de sentencias de España

La Justicia vasca lidera la tasa de resolución de sentencias de España con un índice de un 1.05% frente al 0.99% de la Administración de la Justicia española. El dato es uno de los más relevantes que se han desvelado esta mañana en Bilbao durante la presentación de la Memoria de la Actividad Judicial en el País Vasco durante 2010.
Cabe destacar que la Justicia vasca también registra, con un un 0.25 frente a la media general de un 0.35, una menor tasa de pendencia, que refleja el número de asuntos que tiene la Justicia pendientes frente al número de casos que han sido resueltos.

Para saber más: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/07/11/paisvasco/1310376439.html

viernes, 8 de julio de 2011

La reforma de la LEC entra en vigor

Numerosos son los preceptos de la Ley Enjuiciamiento Civil afectados por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, que entra en vigor el 4 de mayo.



Para ver en qué le afectan las nuevas modificaciones entra en:
http://www.laley.es/mk/emailing/LECEntregaPDF.pdf